BIFAR 140

[37] La orden incrementa la base mínima de cotización, que se encontraba en 1.050 euros, hasta los 1.125,90 euros al mes con efectos desde el 1 de septiembre de 2021. El pasado 4 de diciembre se publicó en el BOE la Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional para el ejercicio 2021, con efectos desde el día 1 de septiembre de ese mismo año. Los topes máximos y mínimos de las bases de cotización para el 2021 quedan fijados de la siguiente manera: • Se mantiene el tope máximo que asciende a 4.070,10 euros mensuales. • Se incrementa el tope mínimo que pasa a ser de 1.125,90 euros mensuales. La orden fija, igualmente, las bases mínimas y máximas, así como los tipos de cotización, para colectivos incluidos en el Régimen General con especialidades y para los regímenes especiales de Seguridad Social (trabajadores por cuenta propia o autónomos, trabajadores por cuenta ajena agrarios, trabajadores del mar, empleados de hogar, artistas, profesionales taurinos etc.). Las diferencias de cotización que se hubieran podido producir por la aplicación de lo dispuesto en esta orden respecto de las cotizaciones que, a partir de 1 de septiembre de 2021, se hubieran efectuado, podrán ser ingresadas sin recargo en el plazo que finalizará el último día del segundo mes siguiente al de la publicación de la orden. Es decir, hasta el 28 de febrero de 2022. NOVEDADES LABORALES Nueva tablas salariales Publicación de las tablas salariales para los años 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021: XXIV Convenio Colectivo para Oficinas de Farmacia. l pasado 15 de noviembre se publicó en el BOE, la Resoluciónde2denoviembrede2021, de laDirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para los años 2017, 2018, 2019, 2020y2021del XXIVConveniocolectivoparaoficinasde far- macia. Se aprueban y publican las tablas salariales para todos los conceptos económicos recogidos en convenio de los años 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021. Tomando como referencia el artículo 3.4 del XXIV Convenio colectivo para oficinas de farmacia, se acuerda incrementar un 2% anual para cada uno de los años en los que el PIB del año anterior haya sido superior al 1%. En consecuencia, para cada uno de los años 2017, 2018, 2019 y 2020 tendrán una subida del 2% respectivamente y del 0% para el 2021. Las oficinas de farmacia dispondrán de 30 días naturales desde el 15 de noviembre de 2021 para actualizar las cantidades adeudadas. Medrano Asesores Medrano Asesores Cambios en la Cotización a la Seguridad Social Normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, fondo de garantía salarial y formación profesional con efectos desde 1 de septiembre de 2021. Acuerdo entre Gobierno y Sindicatos para el incremento de las cotizaciones sociales hasta 2032 El Gobierno ha acordado con los sindicatos que, a partir de 2023, y a lo largo de un periodo de diez años, se fijará una cotización adicional destinada a nutrir el Fondo de Reserva de la Seguridad Social de 0’6 puntos porcentuales, de los cuales un 0,5 corresponderá a la empresa y un 0,1 al trabajador. Esta cotización se mantendrá hasta 2032.

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