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38 BIFAR Como sabemos, existe ya un documento circulando por el Ministerio de Sanidad titulado Anteproyecto de Ley del Medicamento y productos sanitarios. Hasta el 8 de mayo hubo plazo para la presentación de alegaciones. Por la importancia que el citado tiene para la farmacia, la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE) ha presentado un documento con alegaciones y propuestas detalladas sobre el anteproyecto de Ley de los Medicamentos y Productos Sanitarios al Ministerio de Sanidad. El eje central de la postura de FEFE es la necesidad de una mejor integración de las oficinas de farmacia comunitarias en el Sistema Nacional de Salud (SNS) y una definición y regulación más claras de diversos aspectos del sector farmacéutico. Los puntos clave y alegaciones presentadas por FEFE incluyen: • Integración de la Farmacia Comunitaria en la Atención Primaria: FEFE subraya que las oficinas de farmacia comunitarias deben integrarse de manera efectiva en la Atención Primaria del SNS. Esta integración debería permitir que las actividades del farmacéutico (como mediciones de peso, tensión arterial, glucosa, manejo de síntomas menores y cribados) se reflejen directamente en la historia clínica del paciente. Abogan por una comunicación bidireccional y coordinación con otros profesionales de la salud, en lugar de un rol subordinado. • Ampliación de las Funciones de la Farmacia: La pandemia evidenció la infrautilización de las oficinas de farmacia a pesar de su capacidad y cercanía a los pacientes. FEFE reitera sugerencias previas para ampliar las funciones de las farmacias, incluyendo nuevos servicios profesionales de valor añadido que podrían descargar a los centros de salud y consultorios locales al gestionar consultas rutinarias y afecciones menores. • Acceso a la Historia Clínica: Para una integración efectiva y el desarrollo de nuevos servicios, FEFE considera fundamental que las oficinas de farmacia comunitaria tengan acceso a la historia clínica unificada del paciente. • No Discriminación: FEFE argumenta en contra de la discriminación positiva hacia los servicios de farmacia (especialmente los públicos) frente a las oficinas de farmacia en cuanto a los requisitos y exigencias para desempeñar las mismas funciones o desarrollar los mismos servicios. Las garantías mínimas del servicio deben ser las mismas independientemente de quién preste el servicio. • Medicamentos de Diagnóstico Hospitalario: FEFE cree que todos los medicamentos de diagnóstico hospitalario, aunque tengan reservas singulares, deben volver al canal de dispensación a través de la oficina de farmacia. • Señalización de la Farmacia: La normativa nacional debería garantizar que la señalización de la oficina de farmacia sea exclusiva y sirva eficazmente para distinguirla de otros establecimientos que puedan intentar aprove- charse comercialmente de su reputación. Proponen incluir una disposición similar al artículo 38, b) de la Ley de ordenación farmacéutica de Canarias para evitar confusiones. • R echazo a los Sistemas de Clawback: FEFE rechaza los sistemas de clawback o similares, considerándolos contrarios a los acuerdos para garantizar la sostenibilidad de las redes de farmacias por su labor sanitaria, social y de cohesión territorial. • M edicamentos Veterinarios: FEFE defiende el mantenimiento del sistema actual de dispensación de medicamentos veterinarios y la incompatibilidad de que el veterinario prescriptor también venda estos medicamentos, respetando las limitaciones actuales. • P recio y Viabilidad Económica: FEFE enfatiza que cualquier intervención en los precios de los medicamentos y productos financiados por el SNS debe incluir un estudio económico que determine la incidencia de dicha intervención en todos los agentes del sector, especialmente en las oficinas de farmacia, para garantizar su viabilidad económica y el mantenimiento del modelo de distribución. • S istema de precios de referencia y seleccionados demasiado discrecional: FEFE denuncia que el Ministerio podría volver al Sistema de Precios de Referencia actual en cualquier momento, sin fijar las circunstancias objetivas que permiten adoptar dicha decisión, por lo que existe un amplísimo grado de discrecionalidad, así como la falta de concreción en el nuevo Sistema de Precios de Referencia y de Precios Seleccionados, que queda en manos del desarrollo reglamentario. • Derogación de los RD 5/2000 y 8/2010: FEFE aboga por la derogación expresa de las deducciones y descuentos regulados en los reales decretos que afectan a la oficina de farmacia. La finalidad prevista, que los ahorros se reinviertan en el sistema sanitario, no se ha cumplido nunca y se ha degenerado a un mero recorte a las oficinas de farmacia. • Claridad en las Definiciones: El documento señala la falta de definiciones claras para varios conceptos legales utilizados en el anteproyecto, como “establecimientos comerciales minoristas”, “puesta en el mercado”, “animales bajo su cuidado” y “mediación”, lo que genera confusión y posibles interpretaciones erróneas. • Sustitución de Medicamentos: FEFE propone modificaciones a las reglas de sustitución de medicamentos, particularmente en casos de problemas de suministro o necesidad urgente, y aclara que las comunidades autónomas no deberían denegar el reembolso a las farmacias por los medicamentos sustituidos cuando se sigan los procedimientos establecidos. Las alegaciones de FEFE, presentadas el 8 de mayo de 2025, buscan contribuir a la redacción final de la ley, asegurando que fortalezca el papel de las oficinas de farmacia comunitaria y proporcione un marco legal claro y estable para el sector. ■ Las alegaciones de FEFE buscan contribuir a la redacción final de la Ley asegurando que fortalezca el papel de las oficinas de farmacia. Anteproyecto de Ley del medicamento F. Javier Ruiz Poza Presidente de la Asociación de Farmacéuticos de Zaragoza AFEZ

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